• CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

  • En Golmés, ​a 08 de Septiembre de 2020

  • REUNIDOS

  • De una parte,


    Don         , mayor de edad, vecino de   con domicilio en la calle   nº y DNI      , en nombre y representación de la entidad mercantil (administrador empresa)  , actuando en calidad de      , con domicilio social en  , calle

    nº y CIF  , constituida el de de en escritura autorizada por el Notario de Don   con el nº /de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de en el Tomo , Folio, hoja nº representación que ostenta en virtud de escritura de otorgada el de   de , ante el Notario de  bajo el  de los de su protocolo, en adelante el CLIENTE. 

  • De otra parte, Doña GEMMA CAPELL DALMAU, mayor de edad, vecina de GOLMÉS con domicilio en la calle Carretera Vella nº32 bajos 2  del municipio de GOLMÉS, con  DNI 78097628-R, en nombre y representación propia y de la marca comercial RED FLAVORS, actuando en calidad de directora de la misma en adelante como PRESTADORA DEL SERVICIO.

    Ambas partes, que en adelante podrán ser denominadas individualmente como “la parte” o conjuntamente como “las partes”, se reconocen la capacidad legal suficiente para contratar y obligarse en los términos previstos en el presente CONTRATO con arreglo a los siguientes:


    ANTECEDENTES

     

    I.- Que EL CLIENTE SET PECATS tiene por objeto social o profesional la COMIDA PARA LLEVAR y está interesada en los servicios de creatividad y comunicación de Red Flavors.

    II.- Que LA PRESTADORA se dedica profesionalmente al asesoramiento y ejecución de contenidos y creatividad de MARKETING DIGITAL y COMUNICACIÓN ESPECIALIZADA EN LOS SECTORES AGROALIMENTARIO, TURÍSTICO Y GASTRONÓMICO.

    III.- Que estando interesado EL CLIENTE  en contratar con los servicios del PRESTADOR, ambas partes, de mutuo acuerdo, formalizan el presente CONTRATO, el cual se regirá por las siguientes

     

    CLÁUSULAS

     

    PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.

     

    Constituye el objeto del presente contrato la prestación de servicios de creatividad , comunicación y marketing especializados, por parte de EL PRESTADOR a EL CLIENTE para la realización de las campañas publicitarias y creación de eventos, creación de contenidos  y de comunicación en Internet, redes sociales, de los productos y servicios del cliente conforme las especificaciones y condiciones pactadas en este contrato.

    EL PRESTATARIO deberá realizar los servicios especificados en el Anexo I al presente contrato sobre las acciones detalladas previstas por EL CLIENTE hasta la resolución de una de las partes del contrato o finalización de las mismas.

     

    SEGUNDA.- CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y OBLIGACIONES DE AMBAS PARTES.

     

    Constituyen las obligaciones de EL PRESTADOR:

     

    - Responder de la calidad del servicio desarrollado con la diligencia exigible a un experto en la realización de trabajos similares.

     

    - Gestionar y obtener las licencias, permisos y autorizaciones que sean necesarios para el desarrollo de la actividad objeto de este contrato.

     

    - Respetar los contenidos de propiedad intelectual e industrial.

     

    - Entregar a EL CLIENTE los códigos, fuentes y claves correspondientes para la utilización por éste de los contenidos.

     

    - Realizar las correcciones que manifieste EL CLIENTE en el plazo de 48 /72 horas hábiles.

     

    - Adoptar las directrices que comunique EL CLIENTE.

     

    - Responder de la legalidad de los contenidos absteniéndose de insertar cualesquiera textos, imágenes, sonidos o mensajes obscenos, racistas, xenófobos, violentos, difamatorios u otros que de cualquier modo supongan una lesión de algún bien jurídico digno de protección legal, en particular, de derechos de propiedad intelectual.

     

    - Responder de la documentación que aporte a EL CLIENTE en ejecución del contrato y avisar sin dilación a EL CLIENTE de cualquier error o defecto en la prestación del servicio para que éste pueda adoptar las medidas correctoras oportunas.

     

    Constituyen las obligaciones de EL CLIENTE:

     

    - Proporcionar a EL PRESTATARIO la información que sea necesaria para la prestación de los servicios a que se refiere el Anexo I al presente contrato.

     

    - Colaborar con EL PRESTATARIO para la correcta prestación de los servicios, incluyendo la cesión de derechos para la distribución y realización de trabajos de las imágenes videográficas o fotográficas que quiera incluir en el mismo.

     

    - Para la óptima prestación de servicios contratados, EL CLIENTE a) proporcionará los accesos a los distintos sites y plataformas, así como el material necesario. b) autoriza a EL PRESTATARIO a la creación y/o administración de perfiles en las redes sociales y a ceder el cargo de administrador de dichas cuentas.

     

    - Supervisar y aprobar las acciones pactadas.

     

    - Revisar los servicios prestados.

     

    - Abonar el precio estipulado.

     

    EL PRESTADOR no garantiza el éxito absoluto del objeto del presente contrato, en particular, una posición determinada, una cifra de seguidores o de visitas en las redes sociales o en la página web de EL CLIENTE.

     

    TERCERA.-PRECIO Y FORMA DE PAGO

     

    El precio que EL CLIENTE debe satisfacer a El PRESTADOR en contraprestación al cumplimiento del objeto de este contrato, será de 950 euros más el IVA (21%) correspondiente a la propuesta y presupuesto adjuntos (Anexo 1).

     

    Las condiciones de pago (acciones puntuales/ recurrentes) son:

     

    Modalidad de pago | 50 - 50%


    50% del importe total a la aceptación de las acciones contratadas y el 50% restante justo antes de la finalización de las mismas.


    1. Pago por transferència a la cuenta siguiente:
    IBAN: ES94 0182 3194 1502 0151 6673 - BBVA

     

    2. Pago mediante giro bancario. En caso de devolución del recibo, los costes bancarios van a cuenta del cliente. * Se precisa el documento SEPA CORE debidamente firmado.


    ** En caso de horas/ tareas extras dedicadas al proyecto, se facturará al final de mes/ acción en cuestión.

     

    CUARTA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

     

    EL PRESTADOR, como encargado del tratamiento de los datos de carácter personal por cuenta de EL CLIENTE está obligado al cumplimiento de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica y demás normativa aplicable.

     

    EL PRESTADOR responderá por tanto de las infracciones en que pudiera incurrir en el caso de destinar los datos personales a otra finalidad distinta a la contemplada en el presente contrato, los comunique a terceros, o en general, los utilice de forma irregular o no adopte las medidas de seguridad correspondientes.

     

    EL PRESTADOR únicamente tratará los datos de carácter personal sobre los que tenga acceso conforme a las instrucciones de EL CLIENTE y no los aplicará, comunicará o utilizará con un fin diferente al previsto en el presente contrato. En el caso de que EL PRESTATARIO destine los datos a otra finalidad, los comunique o utilice incumpliendo las estipulaciones del presente contrato será considerado también responsable del tratamiento respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.

     

    EL PRESTADOR mantendrá los datos de EL CLIENTE en su base de datos, sin que pueda comunicar dichos datos, ni siquiera para su conservación, a otras entidades o personas y, al término del presente contrato, EL PRESTADOR destruirá los datos de carácter personal obtenidos como consecuencia de la prestación de servicios objeto de este contrato.

     

    EL PRESTADOR deberá adoptar las medidas de índole técnico y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a los que están expuestos, adoptando las medidas de seguridad correspondientes a los datos tratados conforme dispone la legislación vigente.

     

    Corresponde a cada parte gestionar los derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación de sus propios clientes.

     

    QUINTA.- DURACIÓN 

     

    El presente contrato entra en vigor en la fecha del encabezamiento del presente documento, tiene una duración indefinida, hasta la resolución del presente contrato por una de las partes, si ninguna de las partes lo denunciase mediante comunicación escrita y notificada fehacientemente a la otra parte con una antelación mínima de 1 mes a la fecha de la última factura presentada.

     

    SEXTA.- AUTORIZACIÓN POR EL CLIENTE PARA LA UTILIZACIÓN POR LA PRESTADORA A EFECTOS PUBLICITARIOS DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS POR ÉSTA. 

     

    Se establece expresamente que el CLIENTE autoriza, a la PRESTADORA DE LOS SERVICIOS, a utilizar a efectos meramente publicitarios los trabajos que se hayan realizado por ésta y por encargo del cliente. En ningún caso LA PRESTADORA  podrá ceder ni explotar los contenidos, únicamente podrá incluirlos en el portfolio de su página web, así como compartirlo en sus redes sociales, a los meros efectos de exhibición publicitaria del propio trabajo. 

     

    Asimismo el CLIENTE  autoriza a la PRESTADORA DEL SERVICIO a poder utilizar el logo de empresa o profesional y describir las tareas realizadas (portfolio) a efectos meramente publicitarios en la web y las redes sociales de la PRESTADORA.

     

    SÉPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD

     

    Ambas partes se obligan a guardar secreto y confidencialidad de cualquier información que, de carácter mercantil, estratégico o interno de EL CLIENTE que pueda EL PRESTADOR tener conocimiento como consecuencia de los trabajos y servicios a desarrollar por virtud del presente contrato, obligándose a guardar dicha confidencialidad desde la fecha de la firma de este contrato, durante toda su vigencia y hasta 5  años después de la finalización del servicio, siendo responsable EL PRESTADOR de dicho deber de incumplimiento o el de sus empleados o aquellas otras personas relacionadas por cualquier causa o motivo, de forma directa o indirecta.

     

    Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por EL CLIENTE, aquella que ha de ser revelada de acuerdo con las leyes o por resolución judicial o acto de autoridad competente.

     

    OCTAVA.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN

     

    Son causas de resolución del presente contrato:

     

    a) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por cada una de las partes en el presente contrato.

     

    EL PRESTADOR se reserva el derecho a suspender el servicio por la falta de pago de EL CLIENTE de 1 mensualidad. Transcurrido 3 DÍAS sin que se hubiera efectuado el pago debido por EL CLIENTE, EL PRESTADOR  procederá a la desconexión y baja definitiva de los servicios sin incurrir en responsabilidad alguna pudiendo dar por concluido el presente contrato por incumplimiento contractual. Los daños que se puedan producir como consecuencia de la desconexión mencionada no correrán en ningún caso a cargo del PRESTADOR, ni podrán ser reclamados por el CLIENTE, que asume las consecuencias de la falta de pago.

     

    NOVENA.- NOTIFICACIONES

     

    Salvo lo previsto de forma diferente en el presente contrato, cualquier notificación que deba efectuarse entre las partes como consecuencia del mismo se realizará mediante correo ordinario, fax o correo electrónico a las siguientes personas y direcciones:

     

    - Por parte de EL PRESTADOR (Red Flavors/ Gemma Capell Dalmau):

     

    Correo electrónico | gemma@redflavors.cat

     

    Teléfono | 686 801 487 / 622 22 89 88 

  • - Por parte de EL CLIENTE SET PECATS:

     

  • DÉCIMA.- LEY APLICABLE

     

    El presente contrato tiene carácter mercantil, y en lo no establecido por las partes, se regirá por lo establecido en el Código de Comercio, usos mercantiles, y en defecto, por lo dispuesto en el Código Civil aplicable.

     

    Las partes declaran que no existe ningún vínculo laboral entre ellas ni respecto de su propio personal.

     

    En virtud de cuanto antecede, las partes formalizan el presente contrato en  10  páginas, firmadas todas ellas y dos ejemplares, todos ellos a un mismo efecto, de los que uno queda en poder de Red Flavors y otro en poder SET PECATS en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

     

    Por parte de EL PRESTADOR, Red Flavors.

     

    Fdo. DOÑA GEMMA CAPELL DALMAU | Red Flavors.

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  • Por parte de EL CLIENTE | SET PECATS

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  • ANEXO I: SERVICIOS A PROPORCIONAR POR EL PRESTADOR

    - Propuesta y presupuesto adjuntos / 2 pàg -

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