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# Guía de legalidad de la firma electrónica en Francia

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## Legalidad de la firma electrónica en Francia

Francia es miembro de la Unión Europea y, como tal, la firma electrónica en Francia se rige por el Reglamento (UE) nº 910/2014 de 2014, conocido como eIDAS, que supervisa la gestión de la identidad digital, la autenticación y los servicios de confianza en toda la Unión Europea.

eIDAS incluye tres tipos de firmas digitales: Firma Electrónica Simple (SES), Firma Electrónica Avanzada (AdES) y Firma Electrónica Cualificada (QES). Cada tipo tiene requisitos diferentes. La QES es la más fiable y puede considerarse una sustitución aceptable de la firma manuscrita en ciertas condiciones.

Como complemento al eIDAS, el Código Civil francés y el Decreto n.º 2017-1416 regulan las condiciones en las que una firma electrónica se puede considerar válida y establecen requisitos para los dispositivos, el software y los proveedores de servicios que emiten firmas electrónicas.

Asesórese con un profesional del derecho para garantizar que cumple todas las leyes y requisitos necesarios.

**Recursos**:

*   [Regulation - 910/2014 - EN - e-IDAS - EUR-Lex](https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=uriserv:OJ.L_.2014.257.01.0073.01.ENG)
*   [Code civil - Légifrance (legifrance.gouv.fr)](https://www.legifrance.gouv.fr/codes/texte_lc/LEGITEXT000006070721)
*   [Décret n° 2017-1416 du 28 septembre 2017 relatif à la signature électronique - Légifrance](https://www.legifrance.gouv.fr/loda/id/JORFTEXT000035676246/)
*   [¿Qué es la firma electrónica? - Comisión Europea](https://ec.europa.eu/digital-building-blocks/sites/display/DIGITAL/What+is+eSignature)